Secreto bancario no puede ser coraza para encubrir a delincuentes: diputado

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Tegucigalpa, Honduras.

El primer secretario del Congreso Nacional, Mario Pérez, manifestó este martes que el secreto bancario no puede ser una coraza para encubrir a delincuentes y aseguró que con la Ley Especial Contra el Delito de Lavado de Activos, habrá que corregir lo relacionado a la información que un cliente de a un abogado o lo confesado a un ministro religioso.

Pérez agregó que la Ley Contra el Delito de Lavado de Activos vigente ya eliminó esa figura y si no se puede saber cuánto tiene una persona en el banco, lo mejor es eliminar toda la ley en mención.

Cómo va a investigar el ente acusador, en ese caso el Ministerio Público, si una persona ha acumulado riquezas que no pueda justificar su procedencia lícita sino es a través de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) y se le informe cuánto tiene una persona que está siendo investigada, reflexionó.

“El secreto bancario no puede ser una coraza para encubrir a delincuentes, hay que tener bien claro ese aspecto, en la investigación de un delito, el ente público, el Ministerio Público a través de la CNBS puede pedir información y deben dársela”, acotó.

En cuanto al secreto profesional del que gozan algunos periodistas y abogados, dijo que es algo incorrecto y que la actual redacción del dictamen hay que hacerle un cambio. “A un profesional no se le puede obligar a revelar lo que en secreto, en la relación cliente profesional, se le ha revelado, eso no se puede hacer y es inconstitucional”, aclaró Pérez.

En ese sentido, señaló hay que darle una mejor redacción, pues si se revisa el Código Procesal Penal, en el texto se establece que no están obligados a declarar los parientes y luego los profesionales a los que se les han revelado secretos y confidencias en relación a su profesión, ejemplo un abogado.

La relación cliente-abogado, cliente-médico, feligrés-pastor o sacerdote, no se puede violentar, eso se corrige eliminando esa parte del artículo que establece, en relación a los profesionales y secretos que son revelaciones hechas en relación a su profesión.

Reiteró que “en el caso de los ministros de cultos religiosos, no se puede llamar al padre que vaya a declarar lo que usted le revelo en confesión y lo correcto es eliminar esa parte”.

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