En las últimas horas, la Corte de Apelaciones de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción, por unanimidad de votos resolvió dejar sin lugar, es decir no admitir, los recursos de apelación de las Defensas técnicas de los acusados Edna Yolani Batres Cruz, Benelio Alvarado Membreño, Lolita Vanessa Cordero, Héctor Rolando Figueroa, Luis Gerardo Zelaya y Cristian Adolfo Sánchez.
Debido a lo anterior, confirma que dispone mantener el Auto de Formal Procesamiento dictado en contra de los acusados Edna Yolani Batres, Glady Hermelinda Paz Diaz, Benelio Alvarado Membreño, Lolita Vanessa Cordero por su posible participación en los delitos de Violación de los Deberes de los Funcionarios y Fraude.
Asimismo, confirma las resoluciones impugnadas y dispone mantener el Auto de Formal Procesamiento dictado a los acusados Héctor Rolando Figueroa, Luis Gerardo Zelaya y Cristian Adolfo Sánchez por su posible participación en los delitos de Fraude.
De igual forma, mantiene firme las resoluciones impugnadas y dispone mantener la medida cautelar de Prisión Preventiva dictada a Edna Yolani Batres y a Héctor Rolando Figueroa.
También, afirma la resolución impugnada y dispone mantener las medidas cautelares sustitutivas impuestas al señor Cristian Adolfo Sánchez.
Mientras tanto, revoca la resolución impugnada y dispone que se imponga como medida cautelar de Prisión Preventiva a los señores Glady Hermelinda Paz Diaz, Benelio Alvarado Membreño, Lolita Vanessa Cordero y Luis Gerardo Zelaya.
Para finalizar, cabe recordar que a Batres se le está acusando de nueve delitos de fraude y nueve de violación a los deberes de los funcionarios, y a Héctor Rolando Figueroa, nueve delitos de fraude, pero a título de cooperador necesario.