Poder Ejecutivo puede coordinar el CNDS “pero no presidirlo”, considera abogado

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El abogado penalista, Carlos Chajtur, es del criterio que el poder Ejecutivo debe de coordinar el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), pero no debe de presidirlo.

Lo primero y más aconsejable, apuntó, es que en este tipo de temas se deje de lado la situación política y se vea el interés nacional antes que los interés partidarios de una u otra institución.

“El Consejo de Defensa y Seguridad el defecto que tiene no es quienes lo integran, porque en Latinoamérica hay varios países donde lo presiden los titulares de los distintos poderes de Estado, sino como está estructurado a lo interno”, señaló.

El reconocido profesional del derecho enfatizó a Radio América que en el CNDS “no puede haber supremacía” de un poder sobre otro. “Lo que debe el Ejecutivo es ser un coordinador, pero no presidir el Consejo de Seguridad”, añadió.

Cuando eso sucede, subrayó, se percibe una relación de superioridad del Ejecutivo sobre los demás integrantes de Estado. “A lo interno no debe existir superioridad de un poder sobre otro poder”, acotó.

El jurista hondureño es de la opinión que en el CNDS no debe haber una cabeza, sino una coordinación.

La aprobación de la Ley del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) continúa sin consenso en las bancadas del Congreso Nacional, por lo que, se habla de dos semanas más para las reuniones de las mismas.

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