CNE cierra inscripciones con más de 20 candidatos independientes

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) cerró el plazo de inscripción para las próximas elecciones generales del 28 de noviembre con más de 20 candidaturas independientes y en los próximos 18 días hábiles determinará si pueden o no participar en los comicios electorales.

Como requisito principal, conforme al artículo 154 de la nueva Ley Electoral, los aspirantes debieron presentar las nóminas de ciudadanos que respaldan la candidatura, en una cantidad equivalente al dos por ciento (2%) del total de los votos válidos de la última elección general nacional, departamental o municipal, según el cargo a que se postula.

En departamentos como Francisco Morazán este porcentaje puede exigir hasta 60 mil firmas para el nivel presidencial y en otros municipios despoblados 60 firmas para alcaldías.

El artículo 155 ordena, asimismo, al (CNE), corroborar en el Censo Nacional Electoral, la existencia y la vigencia de los derechos políticos de los ciudadanos que se postulan y hacer el examen para calificar si los documentos que se adjuntan a la solicitud cumplen con los requisitos de Ley.

Para ello, debe enviar al Registro Nacional de las Personas (RNP) la nómina de ciudadanos que respaldan la inscripción de la candidatura independiente presentada por el postulante en el formato especial diseñado para tal efecto, para su respectiva verificación.

A su vez, el RNP debe verificar las huellas dactilares registradas en dicha nómina y validar en la base de datos de esa institución, mediante un mecanismo de muestreo aleatorio calculado de forma representativa, según se determine en el Reglamento correspondiente; debiendo informar al Consejo Nacional Electoral (CNE) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles el resultado.

Si del cotejo y del examen de los documentos se determina que no se reúnen los requisitos legalmente establecidos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) lo debe notificar al respectivo apoderado, para que en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario, se proceda a subsanar los mismos con la advertencia que de no hacerlo, ordenará que se archiven las diligencias.

Reunidos los requisitos formales para su inscripción, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe emitir la resolución que corresponda y mandar a publicarla en el diario oficial “La Gaceta”.

Por otra parte, las candidaturas independientes tienen derecho al financiamiento público para campañas electorales en el caso de ganar el cargo para el que se postularon. El pago de ese financiamiento debe ser hecho por la Secretaría de Finanzas (Sefin), a través del CNE.

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