Autorizan a municipios en Fase I pasar a la Fase II del plan de reapertura

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El Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (Sinager) sobre las nuevas determinaciones para la apertura gradual de la economía y sectores sociales informa lo siguiente:

  1. De acuerdo al esquema de reactivación responsable analizado por la Mesa Multisectorial y revisado por Sinager, se autoriza aquellos municipios que se encuentran en la Fase I pasar a la Fase II del Plan Nacional para Reapertura Gradual y Progresiva de la Economía y los Sectores Sociales de Honduras, con aplicación estricta de protocolos de bioseguridad previamente autorizados con el fin de preservar la vida, la salud y los empleos.
  1. En ese sentido se autoriza al comercio y empresas en general para que continúen con sus actividades y negocios de acuerdo con el porcentaje de fuerza laboral siguiente:
Región del PaísPorcentaje de apertura de fuerza laboral que regresa a sus trabajosMunicipios
Región No. 340%La Ceiba, Siguatepeque, Nueva Arcadia, San Pedro Sula, Choloma, Pimienta, Potrerillos, Puerto Cortes, San Manuel, Villanueva, La Lima, Distrito Central y El Progreso, Yoro.
Región No. 260%Esparta, San Francisco, Tela, Trujillo, Santa Fe, Sonaguera, Tocoa, Comayagua, Taulabé, Santa Rosa de Copán, Copán Ruinas, Omoa, San Francisco de Yojoa, Choluteca, El Truinfo, Marcovia, Namasigue, Orocuina, Pespiere, Santa Ana de Yusguare, Danlí, Guaimaca, Lepaterique, Ojojona, Orica, Santa Ana, Tatumbla, Valle de Ángeles, Villa de San Francisco, Intibucá, Roatán, La Paz, Gracias, Erandique, La Unión, San Francisco, San Sebastian, Ocotepeque, Juticalpa, Mangulile, Patuca, Ilama, Macuelizo, Petoa, Quimistan, San José de Colinas, Las Vegas, Aramecina, Goascoran, Langue, San Lorenzo, El Negrito, Santa Rita y El Porvenir.
Región No. 180%El Resto de los Municipios del País.
  • 3.      Los municipios que se encuentran en Fase 0 están autorizados para avanzar a Fase I siempre y cuando estén instalados y ya funcionando los Centros de Atención Médica Covid-19 mejor conocidos como triajes, además de la existencia de grupos de brigadas médicas casa por casa, previa solicitud por escrito de evaluación al Sinager.
  • La circulación de la población en estos Municipios, será también conforme a la terminación de los dígitos de su tarjeta de identidad, pasaporte o carné de residente, para abastecerse de alimentos, medicinas, combustibles y realizar trámites bancarios.
  1. En relación a la cadena agroalimentaria, queda abierto en todo el país, independientemente de la Región o Municipio, incluyendo beneficios de café, tabaco, fábricas exportadoras de productos agropecuarios, sector maquilador y todos los sectores que han estado operando bajo los pilotajes autorizados por Sinager.
  2. Sinager advierte que los negocios, comercios o empresas que no cumplan con estas disposiciones, serán cerradas inmediatamente por la autoridad competente. Las empresas Grandes y Medianas deben implementar los Triajes según lo disponen los protocolos de bioseguridad autorizados por la Secretaría de Estado en los Despachos del Trabajo y Seguridad Social.
  3. Las Iglesias pueden realizar sus actividades litúrgicas y de culto según el porcentaje de cada Región (40%, 60% y 80%) aplicado a la capacidad de sus templos o locales y sus fieles pueden congregarse el día de circulación que les corresponde, según calendario de circulación oficial exceptuando niños, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas.
  4. Están excluidos de la reapertura los siguientes comercios en todo el país: Transporte Público, Terrestre, Urbano e Interurbano, salvo los pilotajes realizados por el IHTT, bares, discotecas, cines, gimnasios, teatros, eventos deportivos, centros de convenciones, centros educativos en sus niveles de primaria, secundaria y superior; así como reuniones en casas particulares de más de diez (10) personas y los comedores de los restaurantes;
  5.  Se autoriza al Sector Turismo para la Fase II, sirviendo como Salvoconducto Turístico la reservación de hotel o paquete turístico, el boleto de transporte aéreo, terrestre o marítimo, así como el contrato de arrendamiento de vehículo de rentadoras de autos, el cual debe contener el nombre completo del portador y de su acompañante.
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