SAR reitera cumplir con Segunda Cuota de Pagos a Cuenta para evitar sanciones

0 328

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

El integrante del Departamento de Recaudación del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Manuel Ortega, hizo un recordatorio a todos los obligados tributarios sujetos al régimen de pagos a cuenta, que este próximo lunes 30 de septiembre, vence el plazo para realizar el pago de la segunda cuota.

En ese sentido, con el fin de facilitar sus gestiones y lograr el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, destacó que el saldo de las obligaciones pendientes puede ser consultado en la oficina virtual a la que puedan acceder desde la página web: www.sar.gob.hn. De igual manera destacó que la banca también apuesta significativamente a los mecanismos digitales de pago, que son pagos en tiempo real.

La meta de recaudación contemplada por el SAR para la Segunda Cuota de Pagos a Cuenta informó que es de alrededor de cuatro mil millones de lempiras.

El experto de recaudación, reiteró que es importante que los obligados tributarios cumplan con esta obligación en el tiempo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, cuya fecha límite es el 30 de septiembre del presente año, a fin no ser sancionados por el no cumplimiento.

Además, explicó que los contribuyentes que no cumplan con esta obligación estarán sujetos a sanciones que comienzan a calcularse desde el día siguiente (el 1 de octubre) y las mismas conllevan el pago de un interés del 3 por ciento, interés que, de acuerdo a su explicación, se genera por mes o fracción de mes; “por lo tanto es conveniente que el obligado tributario evite el cargo de este interés, cumpliendo con el pago de la segunda cuota de pagos a cuenta a tiempo”, sostuvo.

Una vez realizado el pago de la segunda cuota de pagos cuenta, indicó que los obligados tributarios tienen la facilidad de imprimir ellos mismos la solvencia fiscal desde la página web del SAR, previo al pago de 200 lempiras por gastos administrativos, pago que se realiza con un recibo oficial de pago, el que sirve también para realizar la impresión.

(Visited 17 times, 1 visits today)

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.