Suspenden debate sobre el número de armas que un ciudadano porte al mismo tiempo

Tegucigalpa, Honduras

0 481

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

Intenso y apasionante estuvo el debate en el Congreso Nacional sobre la Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados.

El debate fue suspendido en el artículo 98, en el cual establece los tipos de infracciones que tendrán los que incumplan esta ley.

Uno de los incisos del artículo 98 que más provocó discusión es el que establece el número de armas que podrá portar cada ciudadano al mismo tiempo.

En el dictamen se establece que se podrá portar una (1) únicamente y que más que eso será considerado una infracción MUY GRAVE.

“¿Por qué limitar a portar solamente una? –se preguntó el diputado Jorge Lobo-. Actualmente, la ley permite portar más de una, después de todo, son armas que están debidamente registradas y con su respectivo permiso.

En el campo se acostumbra a portar un arma corta y un arma larga, son ciudadanos que andan trabajando y deben portarlas, porque la mayor parte del tiempo están tierra adentro -agregó.

Pero hay otros diputados, como Jari Dixon, que no consideran necesario portar más de un arma a la vez.

“No le veo el motivo o razón para que se porte más de un arma, esto debería quedar en una”, afirmó Dixon.

Al final, la discusión del artículo quedó en suspenso.

Las infracciones, según el artículo 98, se medirán por ser: culposa o dolosa, que cause daño, lucro indebido, la duración de la irregularidad, intencionalidad y la reincidencia. Estas se calificarán como: leves, graves y muy graves.

Son infracciones graves cometidas por personas naturales las siguientes:

  1. Hacer disparos sin causa justificada.
  2. Portar el arma de fuego en incumplimiento de la disposición sobre la portación visible del arma.
  3. No reportar el robo o extravío de un arma de fuego en el tiempo que señale la Ley.
  4. Hacer uso inadecuado del arma de fuego al exhibirla y poner en riesgo a miembros de la comunidad sin causa justificada.
  5. No portar el arma de fuego de manera discreta y oculta de la vista de los demás miembros de la comunidad.
  6. Portar el arma de fuego en lugar no permitido por Ley.
  7. Ingresar con el arma de fuego a lugares donde está prohibido el ingreso con armas de fuego y debidamente señalado en la puerta de entrada; y,
  8. Portar el arma de fuego con el permiso vencido, si el vencimiento supera los 6 meses, se debe imponer además la sanción penal que corresponda.

Son infracciones muy graves cometidas por personas naturales:

  1. Utilizar el arma de fuego para cometer delitos.
  2. Utilizar el arma de fuego para proteger el transporte o la posesión de sustancias ilícitas o actos de terrorismo.
  3. Suministrar el arma de fuego a otra persona no autorizada.
  4. Portar más de un arma de fuego de manera simultánea.
  5. Portar o utilizar cualquier tipo de arma de fuego, materiales y otros dispositivos de uso prohibido, así como cualquier arma de fuego que tenga la condición de ilegal según esta Ley.

Las infracciones graves dan lugar a la cancelación temporal de licencias y permisos y a la devolución de materiales autorizados incautados una vez que se han cumplido los apercibimientos ordenados por la autoridad competente y no se han causado daños.

Las infracciones muy graves dan lugar a la cancelación definitiva de las licencias o permisos, así como del decomiso y consiguiente pérdida de la propiedad, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.

Se han discutido 97 artículos de 134, pero varios de estos han quedado en suspenso y se discutirán al final de la discusión de toda la ley.

(Visited 31 times, 1 visits today)

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.