Ratificación del acta aumentó las penas mínimas por corrupción, no las rebajó: Mario Pérez

Tegucigalpa, Honduras

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El primer secretario del Congreso Nacional, Mario Alonso Pérez, enfatizó que la ratificación del acta aprobada por el Congreso Nacional, aumentó las penas mínimas por los delitos por corrupción y no las rebajó en la parte especial del nuevo Código Penal que se discute y aprueba en el Congreso Nacional.

Pérez salió al paso a cuestionamientos de la parte de sectores de la oposición que andan pregonando que mediante la reconsideración al acta se redujeron las penas por delitos de corrupción.

 “La ratificación del acta no rebajó las penas, mantiene la pena de 12 años como pena máxima”, enfatizó Pérez.

Añadió que incluso, la cuantía por la malversación pasó de mil lempiras a 100 mil lempiras y el delito puede ser castigado hasta con seis años de reclusión.

Pero si alguien en el sector Salud o Educación malversa 120 mil lempiras, puede ser castigado con la pena máxima, es decir con 12 años de reclusión, explicó.

“Vamos a comparar el Código Penal vigente con el nuevo que se discute en la Cámara y no con cualquier documento que se llame dictamen que ande en manos de algunos diputados”, refirió Pérez en una comparecencia por la vía telefónica en el programa  de debates Frente a Frente que dirige el periodista Renato Álvarez.

Lo anterior nos va a llevar a establecer si estamos aumentando o no las penas en el nuevo Código Penal, afirmó.

En ese sentido, ilustró que en el Código Penal vigente, el delito de malversación de caudales públicos, tiene dos  situaciones señaladas: una malversación menos grave, cuando llega a mil lempiras y una malversación más grave, cuando supera los mil lempiras.

Sin embargo, la cuantía de mil lempiras ya no se ajusta a la realidad económica del país y por eso se aumentó la misma a 100 mil lempiras en el nuevo Código Penal y de eso no hablan quienes andan con la campaña que en el Congreso Nacional se rebajaron las penas.

“Ese es el monto que parte en dos el delito de malversación de caudales públicos, es decir, cuando sea inferior a 100 mil lempiras la pena es menos grave y cuando supere ese monto se califica como grave”, refirió el diputado por Santa Bárbara.

En el actual Código Penal, la malversación menos grave se castiga con una pena de dos a cinco años de reclusión. Pero el pleno aprobó una pena de cuatro a seis años, remarcó.

“Es decir, subió el rango mínimo de dos a cuatro años y el rango máximo de cuatro a seis años y en el caso de la malversación más grave de100 mil lempiras, se dividieron las penas en dos partes», acotó.

En ese sentido, una malversación grave será castigada entre seis y nueve años de prisión. En tanto, la otra más agravada, cuando se ejecuta por una red de corrupción y contra una institución del Estado, será penalizada con un tercio arriba, es decir con una pena que va de nueve años a 12 años de prisión, detalló Pérez.

Nuevo Código Penal

De 4 a 6 años                 Malversación menos grave

De 6 a 9 años                 Malversación grave

De 9 a 12 años               Malversación agravada

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