Publican reformas penales en Diario Oficial La Gaceta

Tegucigalpa, Honduras

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Las reformas al Código Procesal Penal ya fueron publicadas en el Diario Oficial La Gaceta en horas de la tarde del  lunes, luego de ser sancionadas por el presidente de la República Juan Orlando Hernández, principal promotor de las mismas con la cual busca castigar severamente a los que cometen asesinatos por extorsión y quema de autobuses y carros repartidores de productos, cuyos actos ahora serán calificados de “terrorismo”.

Las autoridades de la Empres Nacional de Artes Gráficas (ENAG), dieron a conocer la información por lo que a partir de esta fecha estas reformas ya son vigentes en todo el país que seguidamente serán puesta en práctica por las autoridades judiciales y de seguridad del Estado y aplicadas a las personas que realicen el tipo de delitos que la ley estipula.

Es de mencionar que las reformas penales pese a la oposición de algunos sectores y partidos políticos opositores fueron aprobadas por los diputados del Congreso Nacional el pasado miércoles.

Según la reforma a la legislación penal, se impondrán 50 años de prisión a quienes recurran a la práctica de la extorsión. Asimismo, la legislación tipifica como “terroristas” a los integrantes de las pandillas que incendien vehículos durante las extorsiones.

Es de mencionar que la iniciativa de reformas al Código Penal hondureño surge a raíz de que las pandillas o maras y otros grupos del crimen organizado constantemente cometen asesinatos contra los miembros del transporte público, empresas distribuidoras y pequeños comerciantes por el no pago del mal llamado impuesto de guerra o extorsión.

Cabe destacar que en lo que va del año solo en Tegucigalpa ya se registran al menos cuatro carros repartidores de productos lácteos ya incendiados, así como en otras partes de la zona nor-atlántica del país porque supuestamente sus propietarios se negaron a pagar las extorsiones que exigen o cobran las pandillas.

De igual forma las reformas penales ahora ya consideran como “terroristas” a quienes “realicen actos destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves, incendios” y “cuando el propósito de dicho evento sea intimidar o acusar estado de terror en la población o de obligar a un gobierno o una organización internacional a realizar o abstenerse a realizar cualquier acto”.

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