Prohíben visitas conyugales no heterosexuales en las penitenciarías del país

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El subdirector del Instituto Nacional Penitenciario (INP), German McNeil, manifestó que como medida para el reordenamiento que se está realizando en el sistema carcelario, se prohíben las visitas conyugales no heterosexuales en las penitenciarías del país.

“Las reglas están claras en nuestra legislación, se definió que para que puedan ingresar a realizar visita conyugal debe estar debidamente acreditado mediante unión de hecho legalizada o certificado matrimonio”, agregó.

McNeil destacó que “como bien sabemos en nuestro país no está permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo, por ende, si no logra acreditar su unión de hecho o matrimonio no podrá realizar visita conyugal”

“La visita conyugal es un derecho que tienen todos los privados de libertad, sin embargo, la misma se tiene que hacer con las regulaciones del caso, con las medidas correspondientes”, sostuvo el entrevistado.

para finalizar, argumentó que «La visita conyugal se debe respetar, pero no vamos hacer un libertinaje, por eso solo entrará una mujer que este exclusivamente acreditada, las personas tienen que saber que estas medidas ya se están imponiendo».

Por otra parte, puntualizó que si una persona finaliza una relación e inicia otra, deben de pasar tres meses para que se pueda acreditar para las visitas conyugales.

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