Las reformas al TSC, ¿están dentro del desmontaje anticorrupción?

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En ese contexto el Congreso hondureño en su sesión del miércoles ha solicitado a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), una opinión relacionada con leyes y reformas a normativa vigente que restringen el accionar del Ministerio Público y buscan que la respuesta del Poder Judicial llegue expeditamente a la Cámara.

Tras la derogación de la ley de Secretos Oficiales las instancias civiles y voces ciudadanas han vuelto a exigir investigaciones sobre el manejo de fondos públicos en ONG que presuntamente han servido para lavar recursos, pero las reformas penales aprobadas por el pasado Congreso, señalan que el Ministerio Público no puede entrarle a esos casos hasta que el Tribunal Superior de Cuentas concluya una investigación que puede durar de tres a siete años, limitando así la investigación del principal ente persecutor del Estado.

Esas limitaciones fueron dejadas por el Congreso pasado y son parte de un blindaje legislativo que ha venido a frenar los esfuerzos anticorrupción en el país y fortalecer las posiciones de la justicia que, en el marco de esas reformas y decretos, ha optado por dejar en libertad a muchos de los imputados en los casos de corrupción más emblemáticos judicializados por la extinta MACCIH y el Ministerio Público.

Una de las promesas del nuevo gobierno junto al actual Poder Legislativo, fue la suscripción de una agenda bicentenario, en la cual se incluye una serie de iniciativas por desmontar la coraza legislativa dejada para frenar los esfuerzos de transparencia y anticorrupción.

Una de esas corazas es la reforma hecha a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TPS) al pasarle potestades de investigación propias del Ministerio Público.

Una de esas reformas es el decreto 141-2017 aprobada en el Congreso anterior y en ella se ordena al TSC realizar una auditoría e investigación especial de los fondos públicos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por servidores públicos, diputados y organizaciones públicas y privadas, para deducir responsabilidad penal, civil o administrativa.

Otra reforma es la Ley de Gestión de Fondos Públicos (116-2019), conocida como Fondo Departamental, que faculta al Tribunal Superior de Cuentas hasta tres años para investigar denuncias sobre irregularidades en el uso de esos fondos, tiempo durante el cual no se puede investigar ni acusar a los funcionarios señalados por actos de corrupción, y si se encuentran culpables, tienen cuatro años para reintegrar el dinero malversado. 

 Las reformas a la ley orgánica, según los expertos, obstaculizan la investigación y persecución penal de las redes de corrupción. En el caso del TSC, las mismas establecen límites al acceso de los entes investigadores a los documentos de auditorías y uso de fondos públicos en manos de ese ente de control.

Fiscales, atados para acusar

Los expertos, entre ellos el Foro Social de la Deuda Externa y fiscales del MP, son del criterio que con este andamiaje hecho al TSC, este ente de control tiene facultades para investigar las operaciones y actividades de los sujetos pasivos en un término de cinco años, cuando se trate de asuntos estrictamente administrativos conforme al artículo 105. En cambio, cuando se trate de asuntos civiles, la prescripción será de 10 a 20 años, cuando se trate de asuntos penales.

«Todas estas reformas normativas impiden que el Ministerio Público pueda perseguir a los implicados en la comisión de actos ilícitos, pero la reforma más clara y el obstáculo más grande en la lucha contra la corrupción fue la aprobación del nuevo Código Penal en 2017», añade un reciente informe del Foro Social de la Deuda Externa, al respecto.

No obstante, al calor de los últimos acontecimientos en materia de justicia y seguridad, una serie de voces han surgido en la opinión pública pidiendo que denuncias de malversación de fondos públicos y el financiamiento de campañas políticas, sean judicializadas.

Las leyes que limitan

En tanto, el nuevo Código Penal disminuye «todas las penas de los delitos contra la administración pública, contempla que, si en cualquier momento del proceso el imputado retorna los fondos, se puede suspender la persecución penal», señala en su análisis el Foro Social de la Deuda Externa.

Ahora, el nuevo Congreso Nacional ha anunciado en su agenda bicentenario el desmontaje de leyes y reformas que blindan la corrupción. Una de ellas es la relacionada con las reformas al TSC para que los fiscales puedan retomar sus casos en suspenso y alistar nuevas evidencias y acusaciones en su poder.

Los congresistas de diferentes bancadas han dicho que buscaran derogar las leyes que atentan en la lucha anticorrupción, como lo hicieron casi unánimemente en el caso de la derogación de la Ley de Secretos.

El nuevo Código Penal que entró en vigencia en junio de 2020 sería abrogado o modificado desde el Legislativo.

Las organizaciones de sociedad civil aglutinadas en la Coalición contra la Corrupción anunciaron que sostuvieron una reunión con una comisión legislativa contra la corrupción creada por el diputado presidente Luís Redondo, para empujar la derogación de las cuestionadas normativas y dar así fuerza al cumplimiento de la agenda anticorrupción.

Algunos de los decretos que han entrado en la agenda que conocerán la Coalición contra la Corrupción y la Comisión Especial Legislativa designada por el Congreso Nacional, destacan la Ley de Gestión de Fondos Públicos, conocida como Fondo Departamental. Otras normas que estarán bajo la lupa de la derogación, es el Decreto 57-2020 interpreta el Código Procesal Penal y la Ley Especial contra el Lavado de Activos con lo cual, impide al MP el decomiso y secuestro de documentos sin orden judicial y reduce a cinco años el acceso a información financiera de los investigados. 

Se analizará también el decreto 93-2021  reforma el artículo 439 del Código Penal, y el 2, 26, 29, 30 y 47 de la Ley Especial Contra el Delitos de lavado de Activos, que distorsiona el delito de enriquecimiento ilícito y solo se puede acusar  por este delito a un funcionario, si se acredita que el dinero proviene por la malversación de fondos públicos y cohecho; asimismo,  limita al Ministerio Público a solicitar información bancaria de un investigado, solo con autorización de los juzgados y obliga al MP a informar a los funcionarios que están siendo investigadas.

También los diputados del PSH han manifestado a través de la congresista Maribel Espinoza que la amnistía política que aprobó el actual Legislativo quedó «demasiado abierta» y muchas personas procesadas por delitos comunes pueden «aprovecharse» de la normativa, por lo tanto, propondrán una reforma a la misma. Los desencuentros en cuanto a la amnistía han surgido de diversos líderes sociales que luchan contra la corrupción.

Espinoza dijo que en la norma «se dejó demasiado abierta la amnistía política y es posible que algunos que no se encuentran en los supuestos de delitos políticos quieran aprovecharse de esto».

La comisión legislativa ordinaria contra la corrupción la conforman los parlamentarios Fátima Mena e Iroshka Elvir del PSH; Jari Dixon, Yahvé Sabillón y Ramón Barrios, de Libertad y Refundación; Karla Euceda del partido Liberal y Tania Gabriela Pinto, del Partido Nacional. Así avanza la agenda anticorrupción.

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