La derogación del Fondo Departamental podría ser inconstitucional al no contar con 86 votos, según especialista
El abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos, mencionó que la derogación del decreto 116-2019 o Ley del Fondo Departamental es inconstitucional ya que debió contar con los votos de al menos 86 diputados.
El experto en materia de derecho constitucional, dijo que el artículo 21 de la ley para argumentar su opinión, respecto a que se debió contar con la mayoría calificada, “de tal suerte entonces que haberla derogado con menos de esa cantidad de votos no surte ningún efecto legal y puede ser atacada su derogatoria con la interposición de un recurso de inconstitucionalidad”.
Por su parte, el congresista del Partido Libertad y Refundación (Libre), Ramón Barrios, afirmó que “con 82 votos derogamos el Fondo Departamental, quedó derogado totalmente, pero lo más importante es que se devolvió al Ministerio Público la capacidad de ejercer la acción penal pública”.
Ante la determinación de modificar el también conocido Fondo Departamental con menos votos de lo que exige la ley, el jurista afianzó que en Honduras “se sigue con violaciones flagrantes al espíritu de la norma jurídica, poniendo en precario el estado de derecho”.
El Legislativo ha sido muy cuestionado durante este año y sobre todo en los últimos meses por no lograr consensos políticos para la aprobación de leyes, pero siempre lo hacen interpretando a su manera la Constitución de la República.
Actitud que según Juan Carlos Barrientos, “parece ser la nueva técnica que tiene este Congreso Nacional de que todo acto que realizan lo hacen violentando las normas y violentando la ley”.
Se debe mencionar que según lo explicó la diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH), Fátima Mena, la ley como tal no fue derogada, sino la normativa Especial que regula la ejecución del dinero que se entrega a los diputados amparados en dicho fondo.