Elección de la CSJ debe hacerse conforme lo permite el Estado constitucional de derecho

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El excomisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras, Roberto Herrera Cáceres, señaló que todas las negociaciones y los arreglos políticos para la elección de la nueva Corte Suprema de Justica (CSJ) “deben hacerse conforme a lo que expresamente permite el Estado constitucional de derecho”.

Caso contrario, Herrera Cáceres advirtió que el incumplimiento de esa conducta obligatoria está previsto ser sancionado conforme a la responsabilidad del Estado y de sus servidores, al Código Penal; a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y a otras normas aplicables.

Herrera Cáceres dio una entrevista en donde habló sobre varios temas constitucionales, la elección de la CSJ, y el Presupuesto General.

Sobre la Constitución y la vida con dignidad

La Constitución de la República es la más alta expresión del pueblo soberano sobre el diseño del Estado de Honduras en el cual todas y todos podamos vivir con dignidad, logrando progresivamente garantizar el goce y disfrute de nuestros derechos humanos, desarrollo sostenible y bienestar común, en democracia pluralista, seguridad humana, paz y libertad. A ese efecto, también regula la construcción de ese modelo de Estado democrático y social de Derecho, como responsabilidad de los gobiernos sucesivos o sea de todos los servidores de los tres poderes e institucionalidad pública, con la participación debida de la sociedad.

A pesar de esa responsabilidad fundamental de los gobiernos: lejos de construir el modelo constitucional expresado de bien común para toda la población, se nos ha conducido, por el cauce desviado que nos hace sufrir de enorme pobreza, desigualdad, injusticia y violencia social. No obstante, la Constitución de la República continúa en vigencia y hay que recuperar su modelo humanista con la efectividad del Estado constitucional de derecho, por ser la mejor garantía para el pueblo hondureño de vivir con dignidad, sin ningún tipo de discriminación.

Sobre el Estado constitucional de Derecho como marco de buen gobierno estatal y buen vivir social

El Estado constitucional de derecho es marco de normas jurídicas que conforman la Constitución de la República; tratados internacionales y principios, prácticas, declaraciones, derechos y garantías previstas constitucionalmente; y las leyes compatibles. Normas que deben hacerse cumplir, sin excepción alguna y aplicarse con independencia, igualdad ante la ley, separación de poderes, transparencia y rendición de cuentas.

Es de suma importancia el restablecimiento de la efectividad cierta del Estado constitucional de derecho como marco de normas imperativas para la legitimidad y legalidad de las actuaciones y decisiones de los servidores del Gobierno Central (Ejecutivo, Legislativo, Judicial y otra institucionalidad pública) y los gobiernos municipales, actuales y sucesivos.

El próximo año 2023, tendremos la oportunidad, de fortalecer el Estado constitucional de derecho con mayor presencia activa garantista de la Corte Suprema de Justicia, con la elección de servidores de la impartición de Justicia que cumplan las obligaciones y los requerimientos normativos; y que sean ciudadanas y ciudadanos conscientes de su deber superior de respetar la dignidad de todo el pueblo de quien emana la potestad de impartir justicia, con el consecuente cumplimiento de su responsabilidad de actuar con independencia, imparcialidad y sin discriminación, al tomar la decisión definitiva con respecto a la vida, la libertad, los derechos, los deberes y los bienes de los ciudadanos y ciudadanas, tal como lo consigna nuestra Constitución, los Principios Básicos de la Independencia de la Judicatura y otra normativa internacional.

Todas las negociaciones y los arreglos políticos para esa elección deben hacerse conforme a lo que expresamente permite el Estado constitucional de derecho. El incumplimiento de esa conducta obligatoria está previsto ser sancionado conforme a la responsabilidad del Estado y de sus Servidores, al Código Penal; a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y a otras normas aplicables.

Sobre el Estado Constitucional de derecho y el presupuesto General de la República como instrumento de desarrollo para el bienestar de la hondureñidad

El Estado constitucional de derecho regula expresamente al presupuesto como instrumento de gestión y control del desarrollo (incluyendo la prevención de los riesgos desastres, así como la mitigación de efectos derivados del cambio climático) para la efectividad de los derechos humanos de las personas y la vida digna de la población.

La planificación del desarrollo sostenible integral está delineada en la Constitución de la República y planificada para su ejecución, en la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras; y en la articulación y vinculación de esa normativa con la Alianza Centroamericana para el Desarrollo Sostenible (ALIDES) y  la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, como  plan de acción que garantiza asimismo la cooperación internacional de la ONU y de alianzas bilaterales, regionales y mundiales.

El Estado por medio de los sucesivos gobiernos centrales, en sentido amplio (poderes legislativo, ejecutivo y judicial e institucionalidad pública) y los gobiernos municipales: tienen el deber primordial de elaborar, obtener aprobación y aplicar sus correspondientes presupuestos para crear condiciones favorables a la realización del desarrollo sostenible en función del bienestar común de la población local y del pueblo entero. El derecho al desarrollo es derecho humano individual de las personas y colectivo del pueblo, cuyo disfrute pleno es deber que todos los gobiernos, central y locales, tienen que asegurar, a todas y todos los (as) habitantes.

 

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