Doris Gutiérrez: “Hay una oposición numérica, pero en la práctica no se refleja”

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La parlamentaria afirmó en las sesiones virtuales del Congreso Nacional no se les da la palabra a los diputados que buscan votar en contra de reformas que afectan al pueblo.

Tegucigalpa, Honduras.

Doris Gutiérrez, dijo tajantemente este lunes que en el Congreso Nacional (CN) hay una oposición numérica, pero en la práctica no se refleja

“En número sí hay oposición, pero en la práctica no. En el CN se aprueban todas las leyes que vienen del ejecutivo y son propuestas por el Partido Nacional (PN)”, expresó la parlamentaria.

Las declaraciones de Gutiérrez se dan después de las reformas al nuevo Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley Especial contra el Lavado de Activos, que aprobaron los diputados del Congreso Nacional el jueves de la Semana Morazánica.

 “No hubo oposición ni cuando solo eran ellos los del PN y lograron manejar la directiva del CN, nombraron la corte y otros funcionarios, eso no lo pudieron haber hecho solos, es decir, lo hicieron con el apoyo del Partido Liberal, de algunos que fueron diputados del partido Libertad y Refundación (Libre), con diputados de lo que era el Partido Anticorrupción (PAC).

Señores el pueblo ha sido sabio. Llevan pocos candidatos, llevan pocos diputados del partido oficial, pero los demás se pliegan con ellos”.

La diputada señaló que la mayoría de las leyes se aprueban por iniciativa del partido de Gobierno, quienes ahora tienen 61 votos y en el periodo anterior tenían 48 votos y lograron una corte de más de 100 votos.

Gutiérrez aseguró que en las sesiones virtuales del CN no se le da la palabra a los diputados que están en contra de las reformas que afectan al pueblo.

“El lamentable lo que ocurre. El tradicionalismo sigue siendo siendo más fuerte cada día”, concluyó.

La polémica entre los diferentes sectores de la población surge por la reforma de cinco artículos que fueron reformados de la Ley Especial contra el Lavado de Activos, el artículo 47 que refiere el secreto bancario debe ser suspendido únicamente en las investigaciones por los delitos tipificados en los títulos 25 y 32 del Código Penal y supuestos de privación definitiva de dominio de bienes de origen ilícito, mediante siempre orden emitida por el Órgano Jurisdiccional competente.

Los títulos 25 y 32 del Código Penal se refieren a la receptación, lavado de activos y al terrorismo. Eso indica que en los casos ligados a corrupción las instituciones bancarias están obligadas a no revelar a terceros y sin causa justificada los datos de sus clientes.

Otra reforma que causó polémica fue la definición de Persona Expuesta Políticamente (PEP) en el artículo 2, numeral 34, que categoriza a las organizaciones civiles como PEP.

Además, los parlamentarios aprobaron reformar 11 artículos del nuevo código que se refieren a la trata de personas, desplazamiento forzado, agravantes específicas del tráfico de drogas, explotación ilegal de recursos naturales, extorsión, usurpación, usura, y lavado de activos.

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