Decreto de amnistía aprobado por el CN, publicado en La Gaceta

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El decreto de amnistía tributaria, del Seguro Social, ENEE, telecomunicaciones, vehicular, municipal y ambiental fue publicado por el diario oficial de La Gaceta, con el cual entra en vigencia el mismo para beneficio de miles de empresas y personas y tendrá una vigencia de 90 días.

El decreto 168-29 fue turnado al Poder Ejecutivo el 27 de diciembre del 2019 y publicado en el número 35,183 del 24 de febrero del 2020.

El mismo establece una amnistía tributaria y aduanera con la cual se exonera del pago de multas, recargos e intereses total o parcial para las presentaciones las obligaciones formales hasta el 30 de noviembre del 2019.

En caso que las declaraciones presenten valores a favor del Estado, las mismas se pagarán sin sanciones pecuniarias.

Se establece que el beneficio de la amnistía se establece de forma automática a los obligados tributarios que presentaron sus declaraciones antes del 30 de noviembre del 2019 e igualmente para los que hicieron rectificaciones hasta antes de la fecha indicada anteriormente.

Lo anterior no aplica para los impuestos municipales y sus recargos por morosidad.

En cuanto al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) se autoriza que aplique amnistía en el pago de recargos, multas e intereses por las deudas originadas por la falta de pago de aportes patronales y de trabajadores, dejados de enterar por los patronos del sector público y privado.

Las condiciones y plazos de pago en el caso de documentación de la deuda hasta por un máximo de cinco años contados a partir de la suscripción del compromiso.

En cuanto a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), la amnistía autoriza el pago de tasas y cargos adeudados hasta el 30 de noviembre del 2019, sin sanciones, multas, recargos o intereses. Igualmente se pueden suscribir convenios de pagos al amparo de la amnistía.

También el decreto autoriza a las empresas y personas que prestan servicios de telecomunicaciones sin un título habilitante pueden regularizar su situación pidiendo a Conatel la emisión del título habilitante, sin incurrir en el pago de sanciones, derechos, tarifa de supervisión y canon radioeléctrico que debió pagar durante el tiempo de operación irregular.

En cuanto a la amnistía vehicular, los obligados tributarios morosos o que no cumplieran sus obligaciones con el Estado respecto a bienes muebles vehiculares que administre el Registro vehicular del Instituto de la propiedad (IP), puede pagar la Tasa Única Anual por Matrícula de Vehículos e incluyen las tasas municipales libre de multas y otras sanciones.

El IP debe prescribir todas las deudas de registro vehicular correspondiente al año fiscal 2015.

También se permite la nacionalización y registro de vehículos que ingresaron al país antes de la aprobación del presente decreto y que cuenten con placas de Guatemala, El Salvador y Nicaragua o de cualquier otro país.

Igualmente se concede Amnistía Tributaria Municipal a todas las municipalidades hasta por m90 días posteriores a la publicación del presente decreto para el pago de intereses, multas y recargos causada por mora acumulada hasta el 30 de noviembre del 2019.

Se concede a Hondutel amnistía por los pagos no efectuados a Conatel hsta el 30 de noviembre 2019, sin sanciones de recargos e intereses.

Igualmente se otorga amnistía de multas, recargos e intereses de toda obligación pendiente de pago con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), mientras este en vigencia el presente decreto.

Los que se beneficien de esta amnistía deben pagar los valores de energía eléctrica sin que se les aplique recargos, multas e intereses.

Por último, el decreto establece amnistía tributaria en el cargo de multas y recargos por la no presentación del Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA).

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