De injusto y arbitrario califican empleados del SANAA suspendidos de sus labores

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Tegucigalpa, Honduras.

Más de un centenar de empleados del Servicio Nacional Autónomo de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) denunciaron ante el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) que la suspensión de sus labores por 120 días, por parte de las autoridades del ente autónomo, es un acto irregular, arbitrario e injusto.

Vladimir Rodríguez, apoderado legal de los trabajadores suspendidos, declaró que el viernes 3 de enero del presente año, las autoridades del SANAA suspendieron arbitrariamente de sus labores a más de 300 trabajadores argumento una serie de aspectos legales que no son aplicables.

Agregó que llegaron al CONADEH para denunciar el abuso de autoridad y la violación a los derechos humanos de las que están siendo victimas los trabajadores del SANAA suspendidos.

Hoy nos hacemos presentes al CONADEH para que nos preste ese apoyo que lo que se está dando es una violación absoluta de los derechos humanos de los trabajadores del SANAA, señaló.

Explicó que el contrato colectivo establece la manera en que se puede llegar a suspender a un trabajador, sin embargo, la decisión fue tomada de manera unilateral y arbitraria por el gerente de la institución.

Los denunciantes no descartan que en los próximos días continúen las suspensiones de trabajadores violentado todos sus derechos establecidos en la Constitución de la República, el contrato colectivo, el Código del Trabajo y en los convenios internacionales suscritos por Honduras.

Rodríguez detalló que entre los empleados suspendidos hay personas que tienen de trabajar 10, 15, 20 y hasta 25 años.

Lamentó que con la decisión tomada por las autoridades del SANAA se esté jugando con la vida de los trabajadores de dicha institución.

Explicó que entre las personas suspendidas hay una empleada que tiene una hija de fue operada de dos tumores, hay mujeres en lactancia e incluso hay personas que tienen mas de 15 años de tener un contrato de trabajo y nunca se les dio la permanencia.
El apoderado legal es del criterio que se debe reintegrar a las personas que lo están solicitando y darle las prestaciones a quienes así lo requieran.

Trabajadores son suspendidos por 120 días

Las autoridades del SANAA emitieron, el 2 de enero del 2015, una notificación en la que suspenden por un término de 120 días el contrato individual de trabajo que sirve de vínculo entre el trabajador y el ente autónomo.

Añade la nota, que dicha suspensión de labores será efectiva a partir del 03 de Enero de 2015 hasta el 02 de Mayo del mismo año, debiéndose reincorporar a sus labores el Lunes 04 de Mayo de 2015.

La decisión fue tomada, según la notificación, fundamentada en lo estipulado en el Artículo 100 numerales 4), 5) y 15) del Código del Trabajo.

Dicho artículo establece que son causas de suspensión de los contratos de trabajo sin responsabilidad para las partes:… 4) La imposibilidad de explotar la empresa con un mínimo razonable de utilidad; 5) La falta de fondos y la imposibilidad de obtenerlos para la prosecución normal de los trabajos, si se comprueba plenamente por el patrono… y, 15) Cualquier otra causa justificada no prevista en los ordinales anteriores, a juicio de la secretaria del Trabajo y Seguridad Social.”

También fundamenta la suspensión en los artículos 101, 102 del Código del Trabajo.

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