CSJ propone al CN reformas al Código Procesal Penal para erradicar mora judicial

Tegucigalpa, Honduras

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El presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rolando Argueta Pérez, junto a otros magistrados llegaron este martes a la sede del Poder Legislativo con el propósito de entregar una iniciativa de reformas al Código Procesal Penal, la que tiene  como objetivo acortar los tiempos de las sentencias y erradicar la mora judicial.

Pérez quien se reunió con miembros de la junta directiva y jefes de bancada del Congreso Nacional, explicó que en sesión del pleno de la CSJ celebrada el lunes y basándose en el artículo 213 de la Constitución de la República que les otorga promover iniciativas de ley, se entregó oficialmente la propuesta de reformas del Código Procesal Penal.

“No tenemos ninguna duda que van a ser fructíferas, a efecto de dar cumplimiento al Plan Nacional de Erradicación de la Mora Judicial, aprobado en noviembre pasado por la Corte Suprema de Justicia”, refirió.

Pormenorizó que estas reformas al Código Procesal Penal que están vigentes desde el 20 de febrero de 2002, están referidas básicamente a seis artículos: 57, 292, 300, 316, 334 y 342.

En el caso del artículo 57 dice que el 100 por ciento de los casos remitidos por el Juzgado de Letras con auto de apertura a juicio al Tribunal de Sentencia, desde las primeras actuaciones, incluido el juicio oral y público, lo conocen cuatro jueces de sentencia.

La propuesta es que por delitos menos graves, con reclusión hasta cinco años, así como por otros de acción privada, entre ellos calumnia, injuria y difamación, y delitos que merezcan declaratorias de reo como el consumo de drogas.

En esa tipología de delitos, el juicio oral y público sea conocido por un juez nada más. “Queremos un mejoramiento sustancial en la tramitación de los procesos o juicios orales y públicos en el Tribunal de Sentencia”, indicó Argueta.

Añadió que el artículo 300 dice que hay 60 días entre la audiencia inicial y la audiencia preliminar, con prórroga de 60 días más, es decir cuatro meses, es así que el pleno propone que en el caso de delitos graves que implica penas más de cinco años medie nada más 30 días con una prórroga de 20 días.

Mientras tanto, para delitos menos graves el plazo entre la inicial y la preliminar sea de 15 días. “En países como Costa Rica, El Salvador o República Dominicana media no menos de 10 ni más de 20 días para la celebración de estas audiencias”, acotó el alto funcionario.

Argueta aseguró que las reformas que proponen no se menoscaba en manera alguna los derechos y garantías de los sujetos procesales, ni de los acusados, ni de las víctimas, ni los demás intervinientes, sean personas naturales o jurídicas.

Asimismo, demandan la reducción de plazos en el tema del artículo 316 que otorga 10 días actualmente para interponer recusaciones, nulidades o excepciones. Se proponen cinco días.

Entretanto, en el artículo 334 se sugieren se establezcan límites para efecto de los tiempos para que cada una de las partes formule sus conclusiones en la parte final de un juicio oral y público.

Asimismo, la iniciativa plantea que se permitan conclusiones hasta por 60 minutos en delitos graves y 30 minutos en los menos graves.

Finalmente, en el artículo 342 la ley ordena que debe mediar entre el fallo y la individualización de la pena hasta 30 días continuos. “Proponemos que se baje ese plazo a 15 días”, indicó Argueta.

“No tenemos dudas que todas estas reformas vendrán a dinamizar los procesos judiciales, esencialmente en materia penal y así combatir el apartado de la mora judicial”, concluyó.

En la reunión, Argueta fue acompañado por los magistrados José Olivio Rodríguez Vásquez y Rafael Bustillo Romero, ambos de la Sala de lo Penal de la CSJ.

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