COHEP interpone Recurso de institucionalidad contra el pago del 1.5%

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Tegucigalpa, Honduras.

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión por exigir el pago de un impuesto de 1.5 por ciento sobre ingresos brutos por ventas superiores a 10 millones de lempiras.

Mediante un comunicado señalan que “los empresarios hemos apoyado los procesos de ordenamiento de las finanzas públicas, para mejorar las recaudaciones fiscales y controlar el gasto público, que permitan suscribir un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional”.

“Nuestra posición es que las cargas tributarias deben ser claras y simples, no discriminatorias, justas y universales, como lo establece nuestro ordenamiento constitucional. El Sector Privado está en contra de tasas, impuestos, recaudaciones o cualquier otra medida fiscal o de procedimiento que genere distorsiones de las leyes y la economía, o sean de carácter confiscatorio”, agrega.

De acuerdo a lo anterior el COHEP ha analizado el impacto económico y legal de la aplicación de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, que incluye el impuesto del 1.5% de los ingresos en el marco de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La aprobación de este impuesto sobre los ingresos brutos establece el supuesto que todas las ventas necesariamente generan utilidades, contraviniendo y distorsionando los principios fundamentales del impuesto sobre la renta, que consisten en pagar impuesto una vez que existan utilidades. Ello contradice la naturaleza distributiva del impuesto sobre la renta y afecta la capacidad económica de los contribuyentes creando de esta manera un impuesto confiscatorio.

De conformidad con el sistema legal hondureño toda persona que se sienta agraviada por leyes, reglamentos y cualquier otra disposición tributaria impuesta por el Gobierno tiene el pleno derecho de acudir a las instancias judiciales para impugnarlas.

Representantes de las organizaciones agremiadas a este Consejo, recomendaron a la Junta Directiva que se presente un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia, que revise la legalidad de la aplicación de esta recaudación del 1.5%, así como de otras disposiciones tributarias y legales que afectarán a las empresas, a los consumidores y a la economía del país.

La Corte Suprema de Justicia, en 2011 declaró con lugar el recurso de inconstitucionalidad que presento el COHEP-ANDI en contra de otra medida fiscal muy similar a este 1.5%. En esta oportunidad basados en el derecho que nos asiste y la jurisprudencia, hemos presentado un recurso en contra del 1.5% aprobado por el Congreso Nacional en la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, publicada el 30 de diciembre en el diario oficial La Gaceta, con vigencia 1 de enero de 2014.

El COHEP no acepta que se califique de evasores a las instituciones o empresas que impugnen el impuesto del 1.5% o cualquier otra ley o medida tributaria aprobada por el Gobierno arbitrariamente. Un sistema democrático se basa en el respeto a las leyes, la Constitución y los principios de separación de poderes del Estado. Lo que es inapropiado, es permitir y facilitar la aprobación de normativas que violen los derechos de los ciudadanos a su legítima defensa, afecten sus actividades y generen la aplicación de disposiciones tributarias que no estén acorde con la Constitución de la República y los principios de una administración equilibrada y justa.

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