CN aprueba ley para regular venta de chips y control de IMEI

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Tegucigalpa, Honduras.

El Congreso Nacional terminó de aprobar la noche del miércoles, tras dos horas y media de discusión, el decreto que regula la venta de chips o Simcard para teléfonos celulares y el bloqueo de IMEI del aparato cuando éste sea robado o extraviado.

La noche del martes, ya se habían aprobado tres de los 13 artículos que contiene la ley por lo que en la sesión de este miércoles se terminaron de aprobar en tercero y último debate los restantes 10 artículos.

El decreto fue presentado por presidente de la comisión ordinaria de seguridad, el diputado nacionalista por el departamento de Valle, José Tomás Zambrano, tendiente a que los operadores y suboperadores de telefonía móvil que comercializan chips o tarjetas SIM, están obligadas a registrar la venta de los chips con el nombre y número de celular asignado, ya sea de prepago o postpago para tener una base de datos real.

Zambrano explicó que mediante esa ley, los aparatos móviles quedarán bloqueados e inutilizables a través de los códigos IMEI de los teléfonos. El IMEI (del inglés International Mobile Equipment Identity, Identidad Internacional de Equipo Móvil) es un código USSD pre-grabado en los teléfonos móviles GSM. Este código identifica al aparato unívocamente a nivel mundial, y es transmitido por el aparato a la red al conectarse a ésta.

Esto quiere decir, entre otras cosas, que la operadora que se usa no sólo conoce quién y desde dónde hace la llamada (SIM) sino también desde qué terminal telefónica la hizo.

La aprobación de los restantes artículos tienen que ver con las penalizaciones y en ese sentido, quedó plasmado que quienes violenten esta ley se exponen a una multa equivalente a 10 salarios mínimos, sin menoscabo a lo establecido en el Código Penal, pero se dejó a consideración que cuando se ratifique el acta se pueda hacer cualquier reconsideración al respecto.

Asimismo, se estableció que la ley no sólo es aplicable para las operadores de telefonía móvil sino que aplica para empresas distribuidoras que hagan cambios en los IMEI y los pequeños talleres que se dedican a desbloquear y reparar aparatos móviles.

Además, se estableció que los operadores y suboperadores de telefonía móvil y fija, tienen hasta el 31 de diciembre de este año para hacer el registro de los EMEI.

En ese sentido, están obligados a llevar el registro de los chips o Simcard sea que lleven asociado un número telefónico o no que ofrecen a través de sus centros de comercialización así como a los centros de distribuidores, mayoristas o minoristas de tarjetas SIM o chips, para lo cual, los operadores tendrán la obligación de llevar registrada fehacientemente con actualización diaria los siete días de la semana y los 365 días del año, cada una de las tarjetas SIM o chip que se han vendido en cada uno de esos centros, de tal forma que esa información registrada, esté disponible en la base de datos de los operadores de telefonía móvil y operadores y suboperadores de telefonía fija.

El registro deberá llevar el nombre completo del comprador titular del equipo terminal del teléfono fijo o móvil o tarjetas Simcard o chips, modalidad de consumo de prepago o postpago, número de tarjeta de identidad, en el caso de nacionales, número de pasaporte o residencia en el caso de extranjeros, huella digital del dedo índice derecho, el número telefónico asignado a la terminal o a la tarjeta SIM, el nombre completo del vendedor con número de tarjeta de identidad, fecha, hora y lugar de la venta y forma de pago (indicarlo)

En ese sentido, después del 31 de diciembre, no deberá existir ningún celular que no tenga un número de identidad real referenciado de tal manera que si una persona compra un número para teléfono móvil y se lo asigna a otra persona, se hace responsable por lo que esa persona haga.

Es por eso, que es preferible que una persona que tiene varios chips y le va a regalar a un familiar, un amigo o un empleado va a ser responsable directo por lo que se haga con la Simcard por lo que se espera que a medida que la ley entre en vigencia va a ayudar a los cuerpos de seguridad e inteligencia a combatir el delito de la extorsión.

En el artículo cinco, se establece que será la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), la institución a la cual van a proporcionar tanto las operadoras, comercializadoras así como el Registro Nacional de las Personas (RNP), la información requerida para que almacene todos los datos y pueda definir las sanciones establecidas así como brindar la información a los órganos investigativos para aplicar las penas pertinentes, explicó el presidente de la comisión dictaminadora, el diputado nacionalista Rolando Dubón Bueso.

Sobre el decreto, el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, resaltó que el espíritu derivado de la participación de los diputados en la discusión, en penalizar la actividad y no a la compañía, es decir que la penalización abarca también a los denominados “topes” que se dedican a comprar aparatos celulares y a clonar los mismos.

En la sesión de este miércoles, también se aprobó en tercer y último debate el decreto presentado por la diputada nacionalista, Sara Medina, encaminado a declarar a Guinope, El Paraíso, como municipio eco-turístico, por poseer flora y fauna, bellezas naturales y, fuentes de agua. El decreto entrará en vigencia 20 días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Asimismo, se aprobó en segundo debate, el proyecto de decreto presentado por el diputado nacionalista por Francisco Morazán, Rodimiro Mejía, orientado a crear una contribución especial de dos dólares aplicables a los vuelos internacionales y de 22 centavos de dólar para vuelos nacionales que pasarán a ser parte de las contribuciones especiales de seguridad poblacional contenidas en la Ley de Seguridad Poblacional.

Esa contribución especial viene a sustituir la tarifa de seguridad que ha venido aplicando la concesionaria Aeropuertos de Honduras (InterAirports) en las terminales aéreas internacionales del país.

En el artículo dos, se establece la tarifa contemplada en el numeral 20 y artículo 128 del reglamento general de la Ley de Migración y Extranjería de tres dólares en concepto de salida de extranjeros por la vía aérea que pasa a ser parte de las contribuciones especiales de seguridad contempladas en la Ley de Seguridad Poblacional.

Mientras tanto, en el artículo tres, se define que la tasa por servicios prestados por el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (Oirsa) y el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (Senasa) de 2.50 dólares aplicables a los vuelos internacionales a partir de la entrada en vigencia del decreto, será recaudada por el Estado de Honduras.

El artículo cuatro establece que el Estado de Honduras a través del Poder Ejecutivo, definirá los mecanismos de recaudación y administración de las contribuciones y tasas contenidas en el decreto.

Luego de que el proyecto pasó en su segundo debate, el titular del Poder Legislativo, Mauricio Oliva fijó la orden del día, cerró la sesión y convocó para una reunión, el próximo martes 8 de abril a las 4:00 de la tarde.

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