CN aprueba amnistía tributaria, aduanera, municipal, de telecomunicaciones y el IHSS y la ENEE

Tegucigalpa, Honduras

0 667

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

 

El Congreso Nacional aprobó este jueves con dispensa de dos debates un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo orientado a conceder amnistía tributaria, aduanera, municipal, de telecomunicaciones y del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), y se añade a los usuarios de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en el pago de multas, intereses y recargos, beneficio que se extiende hasta el 31 de mayo próximo.

Mediante el decreto, se concede el beneficio de la amnistía aduanera hasta el 31 de mayo de 2018 cuando los obligados tributarios podrán presentar las declaraciones, modificaciones formales de cualquier tipo de manifestaciones tributarias y aduaneras, incluyendo manifiestos, tránsitos y cualquier tipo de documento aduanero que se hayan omitido, referentes a los períodos fiscales anuales o mensuales no prescritos en tributos internos correspondientes a los años 2014, 2015, 2016 y 2017.

Los tributos serán sin multas recargos e intereses aplicables conforme al Código Tributaria vigente, lo que incluye a los obligados tributarios que hayan presentado sus declaraciones determinativas e informativas y manifestaciones ya sean anuales, mensuales o indistintamente del período hasta el 31 de diciembre de 2017 en forma extemporánea y cuya deuda tributaria o aduanera esté constituida por multas, intereses o recargos, según sea el caso, como sanción accesoria y que no deba el tributo causado que lo originó.

Igualmente, en el decreto enviado por el Poder Ejecutivo se concede una ampliación de la amnistía tributaria municipal, durante el periodo comprendido desde la vigencia del presente decreto legislativo, hasta el 31 de mayo de 2018, en el que los contribuyentes podrán presentar la declaraciones de todo tipo de impuestos, tasas mejoras, arbitrios y otros tributos municipales que se hayan omitido por los contribuyentes referentes a obligaciones y pagos, hasta el 31 de diciembre de 2017, sobre obligaciones tributarias referentes a periodos fiscales, anuales o mensuales no prescritos correspondientes en los años comprendidos entre 2013 y 2017.

Asimismo, podrán hacer las rectificaciones a las declaraciones tributarias o cualquier otro tipo de documento de trascendencia  tributaria que los contribuyentes  hubiesen presentadas con error y que hayan estado obligados a presentarlas.

Sin embargo, los contribuyentes deben pagar cuando corresponda los impuestos, tasa contribuciones, mejoras arbitrios y cualquier otro tipo de tributo municipal relacionado con las declaraciones que se refieren los numerales uno y dos, sin multas ni recargos o intereses aplicables conforme la Ley de Municipalidades.

En el caso de las liquidaciones de oficio o del tributo adicional determine con las declaraciones presentadas por los obligados tributarios al 31 de diciembre de 2017, y que no se encuentren firmes, puedan pagar los tributos que correspondan al total o a la parte que haya sido acordada por obligados sin multas, interese y recargos aplicables conforme a la ley de las municipalidades.

En cuanto la amnistía al Instituto Hondureño de Seguridad Social, se amplían los efectos y vigencia de lo dispuesto en los decretos legislativo 112-2016, del 16 de agosto de 2016 y el decreto 82-2017, del 27 de septiembre de 2017, por un periodo adicional, hasta el 31 de mayo de 2018.

Asimismo, se concedió el beneficio de la amnistía tributaria para las telecomunicaciones durante el periodo comprendido desde la vigencia del presente decreto comprendido hasta el 31 de mayo de 2018, en el cual los operadores de servidores de telecomunicaciones y otra personas naturales y jurídicas que maitinante la Comisión Nacional  de Telecomunicaciones (Conatel), obligaciones pendientes de pago, podrán realizar el pago de las tasas y cargos de las operaciones adeudadas al 31 de diciembre de 2017, sin sanciones de multas recargos o intereses.

De igual manera, el Congreso Nacional, concedió el beneficio de amnistía tributaria vehicular, comprendido desde la vigencia del presente decreto legislativo, hasta el 31 de mayo de 2018, en el que los obligados tributarios que estén morosos o que no hayan cumplido con sus obligaciones  formales con el Estado, por conducto del Instituto de la Propiedad (IP), y con las municipalidades al 31 de diciembre de 201, respecto a bienes inmuebles categorizados en vehículos y similares que se administran en el registro vehicular a cargo  del IP, pudiendo pagar tasa única anual por matricula, tasas registrales y viales, municipales libres de multas y otros tipos de sanciones, hasta el 31 de 2018.

Entretanto, el diputado nacionalista por Santa Bárbara, Rolando Dubón Bueso, introdujo vía moción un artículo nuevo orientado a conceder amnistía para beneficiar a los abonados de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), y que puedan pagar el servicio de energía consumida exento de intereses, multas y otros cargos pudiendo suscribir arreglos de pago con la compañía estatal, hasta por un periodo de tres años y que la prima exigida no exceda del 20 por ciento del total adeudado.

El vicepresidente del Congreso Nacional, Antonio Rivera Callejas, presentó la moción encaminada a aprobar las amnistías con dispensas de dos debates.

(Visited 17 times, 1 visits today)

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.