Buscan impugnar resultados electorales en El Salvador

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Mientras avanza la jornada de este jueves el escrutinio final de las elecciones regionales de El Salvador, dos de los partidos contendientes, Nuevas Ideas (NI) y Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) presentaron ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) sendas peticiones de impugnación.

En cinco jurisdicciones, Nuevas Ideas y el FMLN alegan que el resultado puede revertirse si se revisan otra vez los votos, aunque la decisión depende del TSE.

Nuevas Ideas analiza presentar los recursos en el caso de los municipios de Guaymango, Jujutla y Turín, los tres del departamento de Ahuachapán (en el oeste del país, fronterizo con Guatemala), y el FMLN en los municipios de Arcatao y Nueva Trinidad, ambos del departamento de Chalatenango (en el norte, fronterizo con Honduras).

En Guaymango, Nuevas Ideas partido del oficialismo, aunque el presidente Nayib Bukele no pertenece a él, perdió la elección frente al FMLN. En Turín, los resultados posicionan a la actual alcaldesa Hilda María de Quezada, del PCN, como ganadora y según el escrutinio preliminar del Tribunal Supremo Electoral (TSE) el partido ganador obtuvo 1.415 y NI, 1.406; la diferencia es solo de 9 votos.

En el caso de Jujutla, Víctor Martínez, actual alcalde y candidato a la reelección con ARENA, tiene 15 años de estar al frente de la comuna, y está por comenzar su sexto periodo, pues según el escrutinio preliminar del Tribunal el partido tricolor obtuvo 5.017, mientras Nuevas Ideas 2.989. Entre ambos resultados hay más de 2.000 votos de diferencia.

La posibilidad de impugnación la abre el Código Electoral: «el Tribunal solo podrá ordenar la revisión de papeletas de votación de una o más Juntas Receptoras de Votos siempre y cuando con la suma de los votos impugnados, el resultado final de la votación del municipio o departamento, pueda cambiar al partido político o coalición ganador», dice el artículo 215 del Código.

La presidenta del Tribunal, Dora Esmeralda Martínez, confirmó que la decisión de impugnar o no unos resultados electorales es solo potestad del organismo colegiado y que esta deben tomarla a más tardar 24 horas después de presentado el recurso.

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