ASJ se pronuncia ante requerimiento fiscal en contra de Marco Bográn

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El Centro de Asistencia Legal Anticorrupción (ALAC) de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), con el propósito de informar a la opinión pública y evitar posible desinformación, tiene a bien comunicar los puntos abajo detallados con respecto al requerimiento fiscal presentado por el Ministerio Público (MP) el día 05 de octubre de 2020.

• Personas imputadas. Marco Antonio Bográn Corrales (exdirector ejecutivo de INVEST-H) y Alex Alberto Morales Girón (actual administrador de INVEST-H).

• Delito imputado. Malversación de Caudales Públicos, en perjuicio de la Administración Pública, contemplado en los artículos 474, 475 y 476 del Código Penal vigente (Decreto 130-2017).

• Hechos que motivan la imputación. El requerimiento fiscal se presenta por la presunta malversación de L101,199.40 utilizados para pagar 15 días de estadía en un hotel capitalino a cuatro empleados de INVEST-H, quienes retornaron de una gira de trabajo. La estadía en el hotel se debe al aislamiento que los protocolos de bioseguridad exigen para el personal de INVEST-H que ha estado en contacto con pacientes positivos de COVID-19. Según el requerimiento fiscal, los imputados tendrían que haber enviado a los cuatro empleados al centro de aislamiento de la Villa Olímpica. Con esto se aclara que no se trata de ninguna acusación con relación a los hospitales móviles.

• Pena contemplada. Entre 4- 6 años de prisión y multa por una cantidad igual o hasta del triple de lo malversado. Si la pena es menor de 5 años, implicará la posibilidad de conmutar, en cuyo caso los imputados no tendrían que cumplir condena en prisión.

• Agravantes. De conformidad con el artículo 478 del Código Penal, se debe imponer una pena de prisión de 6 a 9 años, multa por el doble o hasta cuatro veces el valor de lo malversado e inhabilitación absoluta por el doble de duración de la pena, en los casos que la cuantía supere los L 100,000.00. Asimismo, estas penas serán incrementadas en 1/3 cuando los hechos recaen en bienes destinados a servicios públicos de primera necesidad y la salud.

• Juzgado que conocerá el caso. El requerimiento fiscal se presentó al Juzgado de Letras Penal en la Sección Judicial de Tegucigalpa. Este caso no lo conocerá el Juzgado Anticorrupción, en virtud de haberse acusado únicamente a dos personas por delitos de corrupción. La reforma a la Ley Especial de Órganos Jurisdiccionales con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal, establece que se requeriría la imputación de tres o más personas para considerar la existencia de un grupo delictivo organizado y que de esa forma, se active la competencia de ese Juzgado. Cabe mencionar que la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), hizo el respectivo llamamiento público al Congreso Nacional (CN) en fecha 02 de septiembre de 2016 (https://bit.ly/3jutRy6) para incluir a todos los casos de corrupción dentro de la órbita de competencia del Circuito Nacional Anticorrupción y de esta manera asegurar la debida independencia judicial.

Debido a que la ALAC/ASJ ha sido un actor relevante en las investigaciones y denuncias ciudadanas que han surgido de las compras de emergencia, los avances que surjan de este proceso judicial y de otros que se presenten, serán comunicados oportunamente a través de este medio.

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