Artículos sobre amnistía serán interpretados por el CN

Tegucigalpa, Honduras

0 462

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

El ministro de la Presidencia, Ebal Díaz, explicó los alcances de la amnistía tributaria que el Congreso Nacional aprobó pero que el presidente Juan Orlando Hernández le ha pedido interpretar algunos artículos que podrían afectar el sistema de recaudaciones.

“El presidente había anunciado que estaba parcialmente en desacuerdo de un par de artículos del decreto que se aprobó y por eso se había hablado de un veto parcial. El 90 por ciento del decreto cuenta con el visto bueno y el apoyo del Poder Ejecutivo”, explicó el ministro.

Asimismo, agregó “hay un par de artículos que no generan certeza de cuál es su aplicación y según el Sistema de Administración de Rentas (SAR), podían tener un impacto de muchos millones contra el tesoro nacional. Se hizo una reflexión y nos sentamos a platicar con los diputados del Congreso Nacional”.

“Esto para poder hacer un análisis detallado de los artículos que preocupaban dado que una amnistía busca beneficiar al obligado tributario, pero también no causar un perjuicio al tesoro nacional. La idea de la amnistía es que los obligados vayan, paguen y se recupere una deuda que tiene el Estado”, dijo Díaz.

El funcionario también explicó que llegaron a un acuerdo con el Congreso Nacional en el que van a interpretar la norma para acomodarla a la interpretación correcta al espíritu correcto de la Ley y con eso resuelven el tema y el Presidente estaría firmando y publicando el decreto.

“Con eso solventamos este impasse que se generó. Las amnistías no solo tienen el perdón de multas, recargos e intereses. Hay que precisar que tiene un perdón de posibles delitos, es decir, hay algunos obligados tributarios que, al no cumplir con sus obligaciones, cometieron delito”, detalló.

De igual manera, aclaró que “por ejemplo la retención y no haber pagado el Impuesto Sobre Ventas (ISV), no es del obligado tributario. Este lo paga el consumidor y debe pasar al tesoro nacional, no tiene por qué ingresar a la contabilidad, a las cuentas, el retenedor no tiene porqué beneficiarse del ISV, pero algunos lo retuvieron y no lo pagaron como dice la Ley”.

“Eso es delito y la amnistía perdona ese tipo de faltas y otras de incumplimiento del obligado tributario. Pero, como contraparte, debe ser un acuerdo entre el Gobierno, el Estado y el obligado tributario en el que haya compensación de deudas, pero la redacción daba a entender como que los perdonados podían reclamar al Estado, sumas que preocuparon a la SAR”, puntualizó el ministro de la presidencia.

(Hondudiario)

(Visited 16 times, 1 visits today)

Recibe actualizaciones en tiempo real directamente en tu dispositivo, suscríbete ahora.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.