Aprueban primeros 10 artículos de la nueva Ley de Transporte Terrestre

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Tegucigalpa, Honduras.

El Congreso Nacional aprobó en tercer y último debate, los primeros 10 artículos, algunos por unanimidad, del proyecto de la nueva Ley de Transporte Terrestre de Honduras, cuyo fin primordial es proteger a los usuarios y los operarios de servicio de transporte

En el debate de la nueva ley, el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, aclaró que el consenso no significa unanimidad y que los aportes que se hacen durante los diálogos, son solamente ilustrativos pues la última palabra o la facultad para aprobar la legislación, es el pleno de diputados de la Cámara Legislativa.

Recordó a los diputados que se oponen a la aprobación de esta ley, lo que ocurrió durante la aprobación de la Ley Marco del Sistema de Protección Social, cuando la bancada del partido Libertad y Refundación (Libre), de entrada manifestó que se oponía y aunque hizo aportes, siempre votaron en contra.

En ese sentido, pidió a los diputados tener mente abierta para participar en un debate constructivo artículo por artículo pues ya están las reglas claras.

En la sesión participaron miembros de la fuerza de tarea para la transición de la ley encabezada por el ministro de Infraestructura y Servicios Públicos (Insep), Roberto Ordóñez, así como dirigentes del sector transporte.

Es hora de tomar decisiones

Asimismo, en la discusión participó el asesor presidencial Ebal Díaz, quien explicó que él coordinó por el Poder Ejecutivo la socialización del proyecto de ley con distintos sectores por 18 meses, incluidos los propietarios de las unidades conocidas como “Brujitos”, asociaciones de consumidores y los mismos transportistas en tremendas jornadas de trabajo y a todos se les permitió participar y exponer sus puntos de vista.

Destacó que lograr un consenso en un 100 por ciento es imposible, pero para eso el pueblo depositó su confianza en sus autoridades para tomar decisiones y “llegó el momento de tomar decisiones porque la situación se ha vuelto complicada”.

Díaz recalcó que la nueva Ley de Transporte Terrestre es una herramienta fundamental para terminar con la inseguridad que reina en el servicio de transporte colectivo.

Acotó que el actual sistema en el que los motoristas y cobradores son los que manejan el dinero en las unidades, es el cebo que alimento el cobro de las extorsiones.

En ese sentido, explicó que con la nueva ley, los transportistas podrán asociarse en corporaciones y todos esos elementos están contemplados en la nueva normativa.

“Quienes se oponen a esta ley están favoreciendo a los extorsionadores”, señaló Díaz ya que la ley es un instrumento fundamental para combatir la extorsión y por eso a nombre del pueblo hondureño, pidió el apoyo de los diputados para aprobar la legislación.

Recalcó que el fin primordial o el espíritu de la ley es el usuario y en ese sentido, ellos tendrán participación dentro de la nueva normativa.

El proyecto de la nueva Ley de Transporte Terrestre de Honduras, que contiene 103 artículos, tiene por objeto determinar la estructuración administrativa y funcional de los organismos competentes para su aplicación, así mismo establecer las normas generales que regulan la forma, condiciones y requisitos necesarios a que está sujeta la prestación del servicio público y especial de transporte terrestre de personas y de carga o mercancías; sus disposiciones son de orden público.

Seguridad, comodidad y eficiencia

La finalidad primordial de la ley es la de obtener para los usuarios del servicio público y especial de transporte, las mayores y mejores condiciones de calidad, seguridad, comodidad, eficiencia y economía, establecidas bajo el principio de equidad en cuanto a la inversión realizada por los prestadores del mismo y en consonancia con los tratados internacionales de que Honduras forma parte.

En ese sentido, se crea el Instituto Nacional del Transporte Terrestre (INTT), se crea como el nuevo órgano rector del sistema de transporte terrestre en Honduras, con independencia financiera y administrativa.

Este Instituto será dirigido por un directorio de tres especialistas y conformado por un director presidente, un director financiero y un administrativo, que serán seleccionados por el presidente de la república de una lista de seis candidatos designados mediante concurso público.

La nueva entidad tendrá un consejo directivo conformado por 11 consejeros, seis representantes del gobierno nombrados por el Poder Ejecutivo y cinco del sector transporte, designados por los concesionarios o propietarios.

Este consejo tendrá, entre otras atribuciones, otorgar, modificar, renovar y cancelar los permisos de explotación y certificados de operación, clasificar las rutas, establecer categorías de servicio, autorizar la instalación y funcionamiento de terminales de transporte y autorizar y regular las tarifas del transporte público.

Entre otros aspectos, la nueva legislación establece como principio rector la atención y el servicio al usuario del transporte público, por lo que todas las acciones del Estado así como los concesionarios deben unir esfuerzos para prestar un servicio de calidad y eficiencia.

Asimismo, el proyecto de decreto que sustituirá la vigente Ley de Transporte que data de 1976, y responde a la ola de violencia que azota la actividad del transporte por el cobro de las extorsiones.

Para cumplir con ese objetivo, se crea un novedoso sistema de seguridad compuesto por circuitos de cámaras, botones de pánico, mecanismos de monitoreo de la unidades y el pago del pasaje mediante tarjetas prepago.

Además, se crean fiscales nacionales o jueces con jurisdicción nacional para atender de manera especial los delitos que se cometen en el transporte público, para atacar con ello la impunidad, persiguiendo como meta la seguridad de los usuarios.

Escuela de Transporte

También se define con claridad el tratamiento del transporte de carga, con el propósito de lograr mayor eficiencia, competitividad, pero también mayor seguridad en las carreteras del país.

El INTT contará con una Escuela del Transporte Terrestre, cuya función es la formación y capacitación de los operarios del servicio. La Escuela del Transporte procurara la coordinación interinstitucional para el desarrollo de sus funciones.

La Escuela del Transporte contará con un registro, en el cual deberá constar la historia laboral, conducta personal, antecedentes policiales y penales de los operarios del transporte para los efectos de esta ley.

La escuela deberá promover campañas públicas de concientización a los usuarios del transporte público, para que conozcan sus derechos y puedan hacer un uso eficiente del servicio público, respetando paradas, rutas de abordaje, horarios, cuidado de las unidades y respeto de las normas de convivencia social.

Seguro obligatorio

En la ley, además se establece el seguro obligatorio para toda clase de vehículos automotores, vehículos con o sin tracción propia (remolques), destinados a prestar el servicio de transporte de personas y mercancías, para responder por los daños a terceros, ocasionados en accidentes de tránsito u otros por los que deba responder.-

En el transporte de carga, se establece el seguro obligatorio por separado, por cuenta del propietario de la carga, del cabezal y el chasis en forma individual, según sea el caso.- El monto mínimo, la duración y cobertura mínima, se regulará en el Reglamento respectivo de esta ley, prueba del cual debe portar el conductor del vehículo, al circular por las vías públicas del país.

Los vehículos de transporte terrestre con placas extranjeras, solamente pueden circular en el territorio nacional, si al momento de su ingreso se proveen del seguro obligatorio, con carácter temporal.

En los permisos de explotación que sirven como documento que acredite la concesión para la prestación del servicio, deben consignarse como mínimo los datos siguientes: número del permiso, nombre, razón o denominación social del titular, ruta, horarios, itinerarios, tarifas, fecha de expedición, fecha de elaboración o impresión, fecha de vencimiento, firma y sello de la autoridad competente, código de barras o cualquier otro afín que considere conveniente y que permita verificar efectivamente la autenticidad del mismo, obligaciones, prohibiciones, sanciones, y otros que reglamentariamente se establezcan.

El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, suspendió la sesión y convocó para una nueva reunión a celebrarse mañana jueves a las 9:00 de la mañana.

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