Aprueban fideicomiso para garantizar disponibilidad, almacenamiento y distribución de medicamentos en hospitales

Tegucigalpa, Honduras

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El Congreso Nacional aprobó de manera unánime, y con la dispensa de dos debates, el proyecto que garantizará la presencia de medicamentos en los hospitales de Honduras.

La iniciativa de ley presentada por la diputada Johanna Bermúdez se llama “Almacenamiento, Distribución y Dispensación de Medicamentos e Insumos para preservar la salud en Honduras”.

En ese sentido, la diputada nacionalista explica que “El pueblo hondureño conoce que aprobamos el presupuesto general de la República el día de ayer, la educación y la salud fueron nuestras principales prioridades, es por eso que notaron que en el presupuesto de 2019 hay un incremento importante en el presupuesto de ambas secretarías”.

He presentado –agregó-, un proyecto para aumentar el monto de un fideicomiso que permita garantizar en los hospitales medicamentos e insumos y además talento humano calificado para este año 2019.

“Sin duda alguna eso mejorará la calidad de atención en los diferentes centros asistenciales de este país”, sentenció Bermúdez. “Esto garantizará que el pueblo hondureño tenga medicamentos, insumos y que reciba la atención de un talento humano especializado”.

El pueblo hondureño debe tener la seguridad que mejoraremos la calidad de la salud, mejorar la infraestructura y modernizaremos los centros hospitalarios de este país – sentenció Bermúdez.

Las medidas que se van a tomar garantizarán que los medicamentos e insumos se mantengan disponibles para los pacientes de los centros hospitalarios públicos.

“Se implementará una plataforma electrónica que va a permitir tener un mayor control sobre el paciente, desde que entra al hospital, hasta la dispensa de sus medicamentos”, explicó.

La plataforma tendrá control –continuó diciendo– sobre los medicamentos que entran a los almacenes, a qué centros hospitalarios se asignan y como se van entregando respectivamente.

Articulado:

Artículo 1.- A fin de garantizar la disponibilidad de medicamentos, se ordena a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a identificar recursos dentro de su presupuesto para el año 2019 y en tanto dure el contrato, los recursos para financiar el Fideicomiso para el “ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA PRESERVAR LA SALUD EN  HONDURAS”.  Esa partida  puede equivaler  hasta  el veintiuno  (21%)  por  ciento  del monto total de la asignación presupuestaria anual,  para  la adquisición  de medicamentos, material quirúrgico, insecticidas e insumos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

Para lo cual  se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que realice los traslados entre grupos de gastos  de esa Secretaría de Estado, necesarios para contar con dicha asignación.

Artículo  2.-  El Estado  de  Honduras  garantiza   que  el  presupuesto   para  la  adquisición  de  medicamentos,   material   quirúrgico,   insecticidas   e  insumos   de  la Secretaría   de Estado  en el Despacho  de Salud  crecerá  anualmente hasta el equivalente del Índice de Precios al Consumidor (IPC), promedio registrado en el periodo anterior, y será de aplicación a partir del Ejercicio Fiscal 2020.

Artículo 3.  El fideicomiso  para  la compra  de  medicamentos  del  Estado y el fideicomiso  de  Ejecución  de  Obras,  Infraestructura    y  Servicios  Públicos  deberán coordinar  la  ejecución  de  sus  tareas   de  manera  que  complementen   sus  esfuerzos durante  todo  el plazo de duración  del proyecto  de  «Almacenamiento,  distribución  y dispensación de medicamentos  e insumos para preservar  la salud en Honduras».

Artículo 4.  Autorizar  el uso y administración  de los  bienes  inmuebles  requeridos  por operador para el funcionamiento de fideicomiso denominado «ALMACENAMIENTO.  DISTRIBUCION   y DISPENSACION  DE MEDICAMENTOS    E  INSUMOS    PARA   PRESERVAR    LA  SALUD EN   HONDURAS»    al fideicomiso de Ejecución de Obras, Infraestructura  y Servicios Públicos.  A tales efectos, la Secretaria de Salud por medio de la Gerencia Administrativa o Unidad Ejecutora correspondiente deberá hacer las anotaciones marginales en el módulo de bienes inmuebles del Sistema Nacional de Bienes del Estado  en el SIAFI, de los bienes inmuebles cedidos a los propósitos del fideicomiso.

 Artículo 5.- Dentro de los noventa días siguientes  a la entrada  en vigencia del presente   Decreto, el Ministerio  Público y los  tribunales  y juzgados  de la  República deberán  proceder  a evacuar  las pruebas  pendientes  sobre  bienes  en custodia  en los almacenes de medicamentos  y farmacias de la Secretaría  de Estado en el Despacho de Salud que sean  traspasados   en cumplimiento  de la disposición  anterior.  Esto con el propósito de permitir la remodelación de esos espacios físicos.

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