Abogado constitucionalista advierte que la Comisión Permanente solo puede tomar resoluciones, no aprobar decretos
El abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos puso de manifiesto la naturaleza de las resoluciones de la Comisión Permanente del Congreso Nacional (CN), destacando su carácter puntual y no equiparándolas a decretos, aclarando que la Comisión actúa como una suerte de «mini Congreso».
Barrientos subrayó que al iniciar la nueva legislatura, la Comisión Permanente debe presentar un informe detallado de todas las resoluciones tomadas, y el Pleno tiene la facultad de aprobar o improbar dichas decisiones.
El abogado advirtió que, a partir del próximo año, los nombramientos interinos y de fiscales podrían llegar a su fin el 25 de enero, fecha en la cual el Pleno tomará conocimiento de estas resoluciones y decidirá su aprobación o improbación.
El experto en derecho constitucional señaló un presunto abuso por parte del presidente del Congreso, quien, según Barrientos, no convocó a sesiones a propósito, con la venia de la oposición, lo que permitió la formación de la Comisión Permanente.
Barrientos argumentó que, aunque esta situación podría ser legal, carece de moralidad y ética, calificándola como un evidente abuso.
En su conclusión, Juan Carlos Barrientos advirtió que, en caso de que el Pleno decida improbar las resoluciones de la Comisión Permanente, incluyendo los nombramientos interinos de fiscales, todos los recursos de inconstitucionalidad presentados perderían sentido.
El 25 de enero se presenta como una fecha clave en la que se definirá el destino de estas decisiones y su impacto en el ámbito constitucional y ético del país.