Comisionado de Política Limpia señala que los precandidatos no son sancionados porque se amparan en la Ley Electoral

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Emilio Hércules, comisionado de la Unidad de Política Limpia, explicó este martes que los precandidatos a cargos de elección popular no están siendo sancionados por realizar actividades políticas, ya que se amparan en el artículo 245 de la Ley Electoral.

Este artículo permite a los precandidatos realizar encuentros, reuniones, eventos y otras actividades políticas, siempre que se desarrollen en espacios privados y cerrados.

Según el comisionado, estas actividades están destinadas a fortalecer sus movimientos, buscar candidatos y formar planillas, lo que les permite operar dentro del marco legal.

Sin embargo, Hércules advirtió que cualquier precandidato que infrinja la Ley Electoral promoviendo su campaña antes de tiempo, a través de spots publicitarios en radio, televisión u otras formas de propaganda electoral, se enfrentará a sanciones severas.

Estas sanciones incluyen una multa de 50 salarios mínimos tanto para el aspirante como para el medio de comunicación que facilite la promoción.

El comisionado subrayó que, aunque la Unidad de Política Limpia no está aplicando sanciones en este momento, están enfocados en asegurar que los precandidatos rindan cuentas sobre el origen de los fondos utilizados para estas actividades.

Para ello, se coordinarán con el Registro Nacional de las Personas (RNP) y el Servicio de Administración de Rentas (SAR) para identificar a los donantes, asegurándose de que no tengan cuentas pendientes con la ley y que tengan la capacidad financiera para realizar dichas donaciones.

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