CN aprueba penas para las figuras del Terrorismo y Delitos de Contrabando en nuevo Código Penal

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El Congreso Nacional aprobó el martes 19 de septiembre, en el marco del nuevo Código Penal, las penas contra las figuras del terrorismo y los delitos contra la hacienda pública y de obstrucción al ejercicio de la justicia, entre otros.

Asimismo, en la sesión de este martes, por iniciativa del presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, se guardó un minuto de silencio en memoria de los fallecidos por los desastres naturales provocados por huracanes y terremotos ocurridos en los últimos días en Cuba, Estados Unidos y México, países cuyos pueblos han sido solidarios con Honduras.

Durante la sesión se retomó la aprobación en último debate, capítulos y artículos que habían quedado suspendidos en el nuevo Código Penal para Honduras, comenzando el título V del Maltrato contra la Mujer que incluye aspectos como el femicidio y el maltrato contra la mujer y la disposición común, sin embargo, a petición de la presidenta de la comisión de equidad de género, Yadira Bendaña, se suspendió de nuevo la aprobación de este capítulo y será aprobado hasta en la sesión de hoy miércoles.

Para la aprobación de estos artículos se contó con la presencia del consultor internacional, Francisco Javier Álvarez García, experto y catedrático en derecho penal de la Universidad Carlos III de Madrid, España.

Asimismo, se aprobó en último debate, el capítulo XXIII, título XIII referente a los delitos de contrabando y delitos contra la hacienda pública y la seguridad social, delito de contrabando, penalidad y responsabilidad de las personas jurídicas.

Igualmente se aprobó el título XXVI, capítulo IX, que se refiere a los delitos de infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos que incluye la sustracción, destrucción, ocultación o inutilización de documento en custodia, facilitar destrucción de documento en custodia, acceso a documentos secretos, responsabilidad de los particulares que hacen uso indebido, revelación de secretos, aprovechamiento de secreto o información privilegiada y usurpación de funciones públicas por particular.

Se aprobó igualmente el capítulo XI disposiciones comunes que incluye las agravantes específicas, punición de actos preparatorios, colaboración con las autoridades, responsabilidad de las personas jurídicas y reincidencia internacional.

También fue aprobado el título XVII, capítulo III, delitos de obstrucción al ejercicio de la justicia, prevaricato judicial, denegación de justicia, realización arbitraria del propio derecho, falso testimonio, intimidación a testigos y otros intervinientes en el proceso penal, revelación identidad de testigo protegido, delito de falta de registro de clientes y su identificación.

Además, fue aprobado el título XXXI que se refiere al terrorismo que incluye la asociación terrorista, colaboración sin pertenencia, agravación de las penas en los delitos en particular, atenuantes específicas, asistencia a campos de entrenamiento, ciberterrorismo o terrorismo electrónico, punición de actos preparatorios, penas privativas de derechos, reincidencia internacional y responsabilidad de las personas jurídicas.

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